Violencia

La violencia incluye cualquier acto de maltrato a una persona, ya sea, físico, psicológico, sexual o económico. A veces, puede resultar difícil identificarla. En materia de sexualidad, afecta principalmente a las mujeres y a personas de la diversidad sexual.

 

¿Has escuchado hablar alguna vez de Daniel Zamudio o Antonia Barra? ¿Alguna vez te has sentido discriminado/a o vulnerable?  ¿Alguna vez has pensado si tu comentario o un gesto pudo ser violento hacia otra persona? Y es que la violencia puede ser frecuente, pero en algunas ocasiones puede resultar difícil identificarla. La violencia incluye cualquier acto de maltrato físico, psicológico, sexual y/o económico contra una persona, afecta principalmente a las mujeres cisgénero y disidencias sexuales en una menor proporción a los hombres, sin distinción de edad, etnia, religión, o clase social en todo el mundo.

En Chile, un 28,7% de los jóvenes declara haber sido víctimas de violencia en el último mes (Injuv, 2018). La violencia constituye la mayor expresión de poder de una persona sobre otra y vulnera el derecho a la integridad física y psíquica, la dignidad y la libertad de las personas, es una violación contra los derechos humanos y un problema de salud pública.

CONSENTIMIENTO

El consentimiento es un acuerdo entre personas para la realización de una actividad, puede ser un acto sexual, una invitación, un compromiso. En Salud Sexual y Reproductiva, involucra todas las prácticas sexuales y atenciones de salud. Debe ser entregado de manera explícita, libre y activa, es decir una persona debe entender claramente lo que está consintiendo y debe estar libre de cualquier influencia para aceptarlo. El consentimiento es reversible en cualquier momento, independiente del tiempo, o relación que tenga con la otra persona.

En relación a esto es importante tener en cuenta:

  • Si es Sí, solo cuando es Sí.
  • No es no.
  • Tal vez, es no.
  • Quizás, es no.
  • No estoy segura/o, es no.

El consentimiento no puede ni debe ser otorgado de otra manera que no sea verbal y libre. Una persona bajo la influencia del alcohol, drogas o algunos medicamentos, no puede dar su consentimiento, aun cuando diga si puede no entender lo que está consintiendo.

Se puede creer que el consentimiento debe ser entregado sólo sobre actos sexuales, sin embargo, es importante destacar que el consentimiento es algo transversal a situaciones incluso cotidianas. Nadie tiene el derecho de traspasar el límite del cuerpo de otra persona. La autonomía del propio cuerpo es un concepto que debe ser aplicado en todos los contextos posibles, desde la decisión de tocar o compartir un abrazo a otra persona, hasta en situaciones médicas. En una consulta, por ejemplo, el profesional debe pedir autorización antes de realizar algún examen, o algún procedimiento, puedes siempre negarte o bien solicitar ayuda a otro profesional.

En resumen: el consentimiento debe ser explicito, verbal y sin cabida a ninguna duda- solo un Sí, es Sí- todo lo demás, incluyendo el silencio o la ausencia de un no, es no. Debe ser libre, otorgado sin presiones de ningún tipo y sin esperar ninguna recompensa a cambio. El consentimiento es específico para cada acción, no se debe asumir que un consentimiento inicial implica que la persona desea realizar todas las acciones o actividades propuestas. Debe ser informado, la persona debe conocer y comprender todos los riesgos y beneficios que tendrá al otorgar el consentimiento, debe además estar en condiciones para poder entender cuando se le informa de los riesgos y beneficios; una persona bajo la influencia del alcohol, drogas, medicamentos, dormida, semiconsciente, con alguna condición de compromiso cognitivo, no puede entregar consentimiento, aun cuando diga “SI” , es necesario entender que en esas condiciones no es posible entregar consentimiento, ya que puede no comprender realmente lo que significa realmente el aceptar la acción propuesta. Finalmente, es importante entender que el consentimiento es reversible en cualquier momento, una persona pudo haber dicho si, y en el mismo acto retirar el consentimiento, esto, también involucra las relaciones personales y los compromisos con otras personas, por ejemplo, en la actividad sexual, una persona, dentro de un  matrimonio, pololeo, etc., puede no dar su consentimiento para tener actividad sexual.

Cualquier situación que involucre no respetar el consentimiento de otra persona, omitirlo o negarlo, se traduce en violencia, violación y agresión sexual.

Hay que tener en cuenta, que el consentimiento no sólo involucra situaciones de contacto físico, sino que también toma de decisiones que pueden repercutir a la otra persona; en esto tiene cabida el uso de anticonceptivos o de condón, la extracción o el no uso de condón dentro de una relación sexual sin el consentimiento de la otra persona, también es un tipo de violencia sexual. El obligar al uso o no uso de un anticonceptivo a la pareja, también es un tipo de violencia, forzar una gestación no deseada, también es un tipo de violencia. El simple hecho de emitir opiniones sobre el cuerpo de otra persona, etc. Los “piropos”, por ejemplo, son parte de un tipo de violencia tipificada como acoso callejero, una persona que opina o hace alusión hacia el aspecto de otra, sin autorización o consentimiento, está ejerciendo violencia.

Existen distintos tipos de violencia que no son excluyentes entre si:

VIOLENCIA DE GÉNERO

La violencia de género se refiere a los actos dañinos dirigidos contra una persona o un grupo de personas en razón de su género. Tiene su origen en la desigualdad de género, el abuso de poder y la existencia de normas dañinas. El término se utiliza principalmente para subrayar el hecho de que las diferencias estructurales de poder basadas en el género colocan a las mujeres y niñas en situación de riesgo frente a múltiples formas de violencia. Si bien las mujeres y niñas sufren violencia de género de manera desproporcionada, los hombres y los niños también pueden ser blancos de ella. En ocasiones se emplea este término para describir la violencia dirigida contra las poblaciones LGBTQI+, al referirse a la violencia relacionada con las normas de masculinidad/feminidad o a las normas de género. (ONU mujeres, 2022).

VIOLENCIA HACIA LA COMUNIDAD LGBTIQA+

Si bien, es común clasificar la violencia hacia las disidencias sexuales como violencia de género, es importante entender que existe violencia hacia las comunidades LGBTIQA+ sólo por ser personas de la diversidad. En Chile, una de las mayores tasas de suicidio en jóvenes se da en personas que tienen una identidad de género u orientación sexual distintas a la heterosexual cisgénero. En el mundo, existe la violencia hacia las personas trans (transfobia), lesbianas (lesbofobia), gays (homofobia), y toda la comunidad. Todos los días una persona es discriminada o agredida por ser trans o gay, pudiendo provocarle incluso la muerte. Cualquier agresión o conducta “correctiva” hacia otra persona por su orientación sexual o  identidad de género, es violencia.

VIOLENCIA HACIA LA MUJER

La violencia contra las mujeres y las niñas se define como todo acto de violencia basado en el género que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o mental para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada. La violencia contra las mujeres y niñas abarca, con carácter no limitativo, la violencia física, sexual y psicológica que se produce en el seno de la familia o de la comunidad, así como la perpetrada o tolerada por el Estado. (ONU mujeres, 2022)

Si bien, las mujeres no son las únicas personas víctimas de violencia,  se puede evidenciar una clara tendencia. En relación al género en Chile, un 41,4% de las mujeres entre 15 y 65 años, dijeron haber sufrido algún tipo de violencia física, sexual o psicológica en su vida (SPD, 2020). En este sentido, se detallarán algunos tipos de violencia, sin embargo, es importante aclarar, que no son excluyentes (una persona puede vivir más de un tipo de violencia a lo largo de su vida en distintos, o incluso, durante el mismo periodo de tiempo),  ni exclusivos (si bien en este párrafo es categorizado dentro de la violencia hacia las mujeres, puede darse dentro de otros tipos de relaciones, de pareja, parentales, etc.)

VIOLENCIA ECONÓMICA

Es el tipo de violencia que involucra los recursos, a partir de que una persona genera dependencia financiera a otra y no permite que la situación cambie. En este caso, el agresor prohíbe que la persona trabaje, estudie o logre herramientas para generar sus propios recursos. El agresor controla el dinero, y la víctima no tiene acceso a él a menos que, el agresor se lo entregue.

VIOLENCIA PSICOLÓGICA

Este tipo de violencia involucra el miedo de la víctima y la sensación de poder del agresor. Es cuando una persona mediante amenazas e intimidación logra que la otra persona se aleje de su red de apoyo, amigos, familia, hijos. El agresor amenaza con causar daño físico a la persona, el entorno, los bienes, etc. La victima es convencida de que no puede hablar por miedo a las represalias del agresor.

VIOLENCIA EMOCIONAL

Este tipo de violencia tiene directa relación con la violencia psicológica. En este tipo de violencia, el agresor convence a la victima de que no es suficiente, involucra un daño hacia el autoestima, genera que la víctima no valore sus capacidades mediante el cuestionamiento constante de las acciones y decisiones.

VIOLENCIA FÍSICA

Este tipo de violencia involucra daño físico hacia otra persona. El agresor causa o intenta causar daño a la otra persona, con golpes, bofetadas, tirones de pelo, etc. Existen casos en que la violencia incrementa hasta el punto en que el agresor quema a la otra persona, o la obliga a consumir medicamentos o sustancias, o causa la muerte. El agresor puede no permitir que la víctima asista a un servicio de atención médica.

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

La violencia intrafamiliar es la que se da en la propia familia cuando una persona (mujer, hombre, adulto/a, niño/a) es víctima de un abuso físico y/o psicológico ejercido por otra persona de mayor poder, sea hombre o mujer. Se refiere a toda situación de maltrato que ponga en peligro la vida o la integridad física y/psíquica de las personas. Generalmente se transforma en una situación que se repite una y otra vez. La violencia intrafamiliar es un delito y está penada por la ley [Ley No 20.066].

La violencia intrafamiliar incluye:

Abuso o maltrato físicos: es la conducta dirigida a ocasionar algún daño en el cuerpo de la persona: empujones, tirones de pelo, cachetadas, torceduras, mordeduras, cortes, golpes con puños, golpes con objetos, palizas, quemaduras, etc. Cuando se le hace a una niña o un niño, se habla de maltrato infantil.

Abuso psicológico o violencia emocional: es lo que se hace para causar temor y miedo, para controlar la conducta, sentimientos y pensamientos de la persona que está siendo agredida: descalificaciones, burlas, insultos, extorsiones, manipulaciones, garabatos, negar permisos sin justificación, abandono, amenaza, etc. ejemplos: “eres una inútil”, “no sirves para nada”, “eres flojo”, “eres tonta”, etc.

Las mujeres víctimas de violencia durante la infancia, tienen mayor riesgo de sufrir violencia psicológica, física y sexual por parte de sus parejas en la edad adulta, y también sus hijos/as tienen mayor riesgo de sufrir de algún tipo de violencia.

VIOLENCIA DIGITAL

La violencia en línea o digital contra las mujeres es cualquier acto de violencia cometido, asistido o agravado por el uso de la tecnología de la información y las comunicaciones (teléfonos móviles, Internet, medios sociales, videojuegos, mensajes de texto, correos electrónicos, etc.) contra una mujer por el hecho de serlo. (ONU 2022)

La violencia digital a modo general se presenta en 3 escenarios:

Ciberacoso: el agresor amenaza o intimida a su víctima con mensajes a través de redes sociales, canales digitales, WhatsApp.

Sexting: El agresor envía fotos o mensajes de contenido sexual explicito sin autorización de la victima.

Doxing: El agresor publica información privada de la víctima, fotos, mensajes, etc. sin consentimiento de la víctima. Esto incluye grabar o generar contenido sin consentimiento o de manera oculta a otra persona.

Es común que, con las redes sociales, se viralicen o masifiquen videos con contenido sexual. Es importante saber, que si compartes este contenido o ves que comparten contenido ya sea por redes sociales, grupos de WhatsApp o cualquier medio digital, sin autorización de la persona involucrada en los videos o fotos, estas siendo cómplice de la agresión.

VIOLENCIA SEXUAL

Este tipo de violencia involucra obligar a una persona a estar en un acto sexual. Esto puede implicar ejercer una acción o recibirla. Incluye cualquier acto sexual sin consentimiento; besos, toques, sexo penetrativo, vaginal, oral, anal, etc. La violencia sexual puede darse independiente de la relación entre la víctima y el agresor, dentro o no de una relación, independiente del tiempo que hayan estado juntos. La violencia sexual es un delito, independientemente de si se ocasiona o no daño físico a la víctima.

La violencia sexual es “toda actividad sexual no voluntaria, forzada mediante la violencia física, o por cualquier forma de coerción, agresión o abuso. Su práctica implica una relación de sometimiento en la cual la víctima ha rechazado el acto sexual o en que no ha tenido capacidad de consentir, esto último especialmente en el caso de niños/as. En el caso de los/as niños/as, es toda aproximación sexual, porque éste no se encuentra en condiciones de comprender y son inapropiadas para su desarrollo psicosexual”.

Se considera como abuso sexual también “la actividad sexual inducida prevaliéndose de una situación de superioridad dada la particular condición de la víctima, por trastorno o deficiencia mental, o por dependencia económica, laboral, desamparo, inexperiencia o ignorancia”.

Todas las personas sin importar la edad, el sexo, la religión o la clase social (pobres o ricos) pueden sufrir violencia sexual. Sin embargo, la mayoría de las personas que han sufrido violencia sexual son y han sido las mujeres (niñas, adolescentes y adultas).

En la mayor parte de los casos la violencia sexual ocurre dentro del hogar de la víctima, siendo el agresor alguien cercano, muchas veces, el propio padre. Según los estudios, el abuso sexual en adolescentes es más frecuente de lo que se piensa. Sin embargo, la mayoría de las veces el delito no se denuncia, lo que se conoce como “círculo de silencio”, en el que participan el padre, la madre, la familia y los propios afectados/as.

Hay varias formas de violencia sexual:

Violación: se considera violación cuando hay penetración vaginal, anal o por la boca, haciendo uso de la fuerza o la intimidación, a una persona mayor de 14 años, o si se encuentra privada de juicio o es incapaz de oponer resistencia. En menores de 14 años la penetración por parte de otra persona es considerada siempre una violación, aunque no sea con violencia y haya consentimiento del o la menor.

Abuso sexual: se refiere a toda acción de tipo sexual distinta a la penetración, con contacto corporal, que realiza una persona para su propia satisfacción, en una persona mayor de 14 años, si se ha usado fuerza o intimidación, o la víctima se encuentra privada de juicio o es incapaz de oponer resistencia, por ejemplo: manosear el cuerpo, los genitales y el ano, masturbar a la persona u obligarle a hacerlo, introducir objetos en ano, boca o vagina. En menores de 14 años cualquiera de estos hechos siempre se considera abuso. Las mujeres víctimas de abuso sexual durante la infancia, tienen mayor riesgo de sufrir violencia física y sexual por parte de sus parejas en la edad adulta, así también sus hijos/as tienen mayor riesgo de sufrir de abuso sexual [Ley No 19.927].

Corrupción de menores: se refiere a actos de contenido sexual con el fin de excitar o excitarse, en menores de 14 años, como: hacer ver o escuchar material pornográfico, emplear a una/un menor en producción de material pornográfico, hacer ver o presenciar actos sexuales. En personas mayores de 14 años y menores de 18 años es delito cuando ha habido uso de fuerza o intimidación [Ley No 19.927].

Acoso sexual: es cuando una persona realiza requerimientos indebidos de tipo sexual no consentidos, que amenacen o perjudiquen la situación laboral de la víctima [Ley No 20.005].

¿POR QUE HAY VIOLENCIA?

¿Qué factores pueden verse involucrados en relaciones donde hay violencia? Existen distintos factores que están involucrados en el ejercicio de la violencia y asimismo contribuyen a perpetuarla. La desigualdad económica y la diferencia de oportunidades en torno a eso. El abuso de poder de una persona a otra, el convencimiento del victimario a la víctima que es insuficiente e incapaz de hacer o ser por si sola y la codependencia que genera. La presencia o no de redes de apoyo. Las condiciones sociales que lo perpetúan, los roles de género asociados. Es importante, que el objetivo de evaluar estos factores influyentes, nunca debe ser justificar la violencia y menos cuestionar a la víctima en torno a un evento de agresión o dentro de una relación violenta, ya que, una víctima nunca elige ser víctima.

Los efectos psicológicos en las personas que sufren violencia, especialmente sexual, pueden ser muy variados y permanecer durante toda la vida de las víctimas. Algunos de ellos son: trastornos de la personalidad, depresión, nerviosismo, no poder dormir, pesadillas, sentimientos de humillación y culpa, odio al propio cuerpo, problemas sexuales, mayor riesgo de suicidio o consumo de drogas, mayor riesgo de repetir las conductas abusivas con sus descendientes.

En relación a la violencia sexual, las consecuencias pueden implicar transmisión de infecciones de transmisión sexual hacia la víctima y gestaciones forzosas no deseadas. En relación a esto, en Chile existen dos protocolos importantes frente a una agresión sexual.

  • PrEP (Profilaxis pre exposición)

Es el uso de medicamentos antivirales específicos para el tratamiento de infecciones por retrovirus para la prevención por VIH en personas no infectadas (Minsal, 2022). En estos casos, puede ser solicitado por personas inscritas en FONASA desde los 18 años en hospitales de atención pública de manera gratuita. Se puede obtener más información del tema en el siguiente enlace: https://saludresponde.minsal.cl/profilaxis-pre-exposicion-o-prep/

  • Interrupción voluntaria del embarazo (Ley IVE 21.130)

En Chile, la interrupción voluntaria del embarazo, o aborto, es permitido legalmente bajo 3 causales:  Riesgo vital de la persona gestante, patología del feto incompatible con la vida o letal y en gestaciones que sean resultado de una violación.  En la tercera causal se permite la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 12 semanas de gestación o hasta las 14 semanas en personas menores de 14 años. Para poder acceder a esto, puede ser: por medio de salud responde (servicio telefónico MINSAL 600 360 7777), derivada desde fiscalía, tribunales de justicia o servicio médico legal o dirigiéndose directamente a un servicio de atención de salud pública en personas FONASA o privado en caso de ser ISAPRE aludiendo a la causal. Para mayor información puedes acceder a https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1108237 o https://www.minsal.cl/wp-content/uploads/2018/02/NORMA-IVE-ACOMPANAMIENTO_02.pdf

Muchas veces se piensa que la violencia es normal, sobre todo cuando es contra las mujeres o los niños y niñas. La violencia NUNCA es normal ni natural.

DENUNCIA Y/O DEMANDA

En Chile, desde julio 2019, los delitos sexuales contra los menores de edad no prescriben (ley 21160). Se puede denunciar la situación de violencia en la Policía de Investigaciones o Carabineros, quienes deben remitirla a los Juzgados de Familia. También se puede hacer la denuncia a través de la página web de SENAME www.sename.cl  en su sección “Ventanilla única de atención ciudadana” (formulario maltrato).

Se puede denunciar y/o interponer una demanda directamente en los Juzgados de Familia, principalmente en aquellos casos en que no existe evidencia de violencia física, o la denuncia es por violencia psicológica o económica. Las direcciones de los juzgados de familia se encuentran en www.pjud.cl

En el caso de que exista constatación de lesiones, es decir, un documento médico que certifique la agresión física, y/o en el caso de amenazas de muerte, se puede denunciar en el Tribunal de Familia o directamente en las Fiscalías del Ministerio Público. Las direcciones de las Fiscalías se encuentran en www.fiscaliadechile.cl

Puedes encontrar más información en la guía de denuncia de la Fiscalía: http://www.fiscaliadechile.cl/Fiscalia/victimas/guia_denuncia.pdf

CONSTANCIA

También se puede dejar constancia. En ella se registran las declaraciones sobre los hechos de violencia ante Carabineros, pero no da inicio al juicio, sirve únicamente como un antecedente, por lo tanto es diferente a la denuncia y la demanda.

¿CÓMO Y DONDE SOLICITAR ORIENTACIÓN O REALIZAR UNA DENUNCIA?

Se puede solicitar orientación presencial o telefónica en centros especializados de ayuda.

 Puedes solicitar información acudiendo presencialmente a:

  • Cualquier Comisaría de Carabineros
  • Cualquier Unidad de Policía de Investigaciones
  • Directamente en cualquier Fiscalía
  • Oficinas de SERNAM
  • Oficinas de SENAME

Puedes solicitar orientación telefónica en:

 

Institución Servicio/Línea telefónica Número(s) telefónico(s)
Policía de Investigaciones Fono emergencias 134
SERNAM Fono Violencia 800 104 008
Carabineros Fono emergencias 133
Fono Familia 149
Fono Niños 147
Corporación Asistencia Judicial Fonos   600 440 2000 (desde fijos)
56 2 23628200 (desde celulares)
Programa Apoyo a Víctimas de Delito (M. de Justicia) Denuncia Seguro 600 818 1000
Número de atención nacional 600 400 0101
SENAME Denuncia maltrato 800 730 800
Fiscalía Nacional Fono Informaciones 600 333 000
Servicio Médico Legal Fono Informaciones 800 800 006
PREVIF (56 2) 24196516
CEDENIM (56 2) 22233503
(56 2) 22230934

 

 

Puedes encontrar más información en las siguientes páginas web:

 

También puedes encontrar información en redes sociales a través de:

Facebook                                                           Twitter

Policía de Investigaciones de Chile           @PDI_CHILE

CarabdeChile                                                   @carabdeChile

@SubPrevDelito

Servicio Nacional de La Mujer                    @SernamChile

Servicio Nacional de Menores                   @sename_gobierno

PREVIF_Chile                                                   @previf

Achnu                                                                  @ACHNU

 

¿QUIÉNES PUEDEN DENUNCIAR?

Pueden denunciar:

  • Las o los afectadas/os.
  • Sus parientes.
  • Cualquier otra persona que tenga conocimiento directo de los hechos.
  • Puede demandar el abogado/a de la persona que ha sufrido violencia.

Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones están obligados a recibir toda denuncia de violencia intrafamiliar, si no lo hacen pueden ser sancionados con pena de cárcel. Además, no pueden exigir, como un requisito para tomar la denuncia, que la víctima lleve un certificado médico en que consten las lesiones. Si se niegan a recibir la denuncia, se debe anotar el nombre del carabinero o detective, su número de placa, la hora y la fecha en que fue a hacer la denuncia. Luego, se debe solicitar una audiencia con el capitán de la comisaría o comisario del cuartel, para dar cuenta de estos hechos.

 

¿QUÉ PUEDO HACER SI HE SIDO VICTIMA O TESTIGO DE UN HECHO DE VIOLENCIA SEXUAL?

  • Conversar con la persona que se tenga más confianza. No quedarse callada(o), por miedo o por vergüenza.
  • Si es un o una menor de edad, avisar inmediatamente a un adulto responsable de confianza.
  • No eliminar o alterar la ropa y no lavar la zona genital (si el hecho ha sido reciente).
  • Constatar las lesiones en el Consultorio, Servicio de Urgencia o Servicio Médico Legal.
  • En el caso de una violación a una adolescente o persona adulta con riesgo de embarazo, puede solicitar la anticoncepción de emergencia y medicamentos para evitar el contagio de alguna infección de transmisión sexual en un Servicio de Urgencia.

Otras consideraciones importantes frente a hechos de violencia sexual:

  • La mayoría de casos de abuso sexual son cometidos por conocidos y/o familiares.
  • Los/as niños/as y los/as jóvenes no mienten ni inventan con relación a estos hechos.
  • Se puede denunciar en comisarías de carabineros, cuarteles de policía de investigaciones (PDI) o Fiscalía o en el Servicio Médico Legal.
  • En la región Metropolitana, el Servicio Médico Legal está ubicado en Av. La Paz 1012, Independencia, Santiago y atiende las 24 horas. Más información acerca de la ubicación y horarios del Servicio Médico legal en otras regiones del país, puedes encontrarla en sml.cl.
  • Cualquier persona puede denunciar estos delitos.
  • Puedes encontrar más información en la “Guía Informativa De Delitos Sexuales En Menores De Edad” en fiscaliadechile.cl
  • La Nueva Ley de Delitos Sexuales faculta a los establecimientos de salud públicos y privados para constatar lesiones, con el objeto de facilitar la denuncia, sin embargo, si existe la posibilidad, es mejor acudir directamente al Servicio Médico Legal que tiene más experticia en esta materia.
  • En el caso de la Región Metropolitana se recomienda siempre acudir a la Unidad de Sexología Forense del Servicio Médico Legal, ya que atiende las 24 horas del día, sábados, domingos y festivos y está integrada por médicos especialistas de primer nivel y está equipada con tecnología de punta para este tipo de exámenes. Más información acerca de la ubicación y horarios del Servicio Médico legal en otras regiones del país, puedes encontrarla en sml.cl
  • Posteriormente será citado a ratificar la denuncia al Ministerio Público que tome conocimiento del hecho.
  • Los exámenes efectuados serán remitidos en su oportunidad directamente por este Servicio a la Fiscalía cuando hayan sido solicitados por el fiscal a cargo de la investigación.
  • Concurrir al Servicio Médico Legal u otro servicio asistencial llevando su Carné de Identidad. Los menores de edad deben ser acompañados por un adulto responsable con su respectiva cédula de identidad.
  • Este tipo de lesiones son en general de muy corta duración, por lo que es necesario que el examen médico legal sea hecho dentro de las primeras 48 hrs. de ocurrida la agresión.

ENLACES DE INTERÉS:

https://juntasenaccion.cl/observatorio-contra-el-acoso-chile-lanza-primera-encuesta-nacional-sobre-acoso-sexual/

https://www.mineduc.cl/wp-content/uploads/sites/19/2018/05/acoso-sexual-educacion-superior.pdf

https://juntasenaccion.cl/iv-encuesta-de-violencia-contra-las-mujeres-revela-que-dos-de-cada-cinco-mujeres-senalan-haber-sido-victimas-de-violencia-de-genero-a-lo-largo-de-su-vida/